A horas de la celebración del Carnaval del Toro, el alcalde de Ciudad Rodrigo, Javier Iglesias, recuerda como es costumbre las normas de obligado cumplimiento durante la celebración de las Fiestas Grandes.

BANDO CARNAVAL 2015

D. FRANCISCO JAVIER IGLESIAS GARCÍA, ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD RODRIGO (SALAMANCA)

HACE SABER:

Desde el 13 al 17 de febrero de 2015, celebraremos en nuestra Ciudad el Carnaval del Toro.

Con el fin de que estas fiestas se desarrollen convenientemente para disfrute de todos, mirobrigenses y forasteros, se indican las siguientes normas y medidas para conseguirlo.

1º.- Se insta a la NO utilización de artefactos detonantes o explosivos, cuya venta está prohibida, así como a no arrojar polvos de talco o similares, arena, serrín, etc. y todo aquello que pueda ocasionar deterioro en atuendos y ropas o molestias a las personas que asistan a los festejos taurinos o de cualquier otro tipo.

2º.- Con motivo de la celebración de los encierros y desencierros del Carnaval 2015 los días 13 al 17 de febrero, quedará totalmente prohibido el aparcamiento de cualquier tipo de vehículo dentro del recorrido de los mismos desde DOS HORAS antes del comienzo de dichos actos.

3º.- A tenor de lo dispuesto en el Art. 93 del vigente Reglamento de Espectáculos Taurinos, queda totalmente prohibida la colocación de cualquier objeto o elemento (maderas, escaleras, palets, carros, etc.) que pueda causar incidentes en el desarrollo de los espectáculos taurinos. Los participantes en los espectáculos taurinos populares deberán utilizar para resguardarse los lugares habilitados para ellos y que son los alares y las barreras de la plaza de toros, debiéndose respetar los burladeros señalados para servicios de plaza y autoridades gubernativas, no pudiéndose ocupar los mismos ni en festivales ni capeas por otro personal no autorizado.

Queda totalmente prohibido el recortar los toros de los encierros y desencierros y en particular tras la salida de los toriles para garantizar la integridad de los toros durante la carrera. Las personas que no respeten esta indicación podrán ser sancionadas.

En todo caso se respetará lo dispuesto en el Reglamento Municipal regulador de estos festejos, aprobado por este Ayuntamiento y publicado en el B.O.P. de Salamanca nº 178, de 15 de septiembre de 2010.

El Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo procederá a la retirada de los vehículos o del resto de elementos que no respeten esta prohibición, pudiéndose imponer la sanción correspondiente a los infractores del presente Bando.

Los andamios, plataformas metálicas y otros elementos similares que se instalen a lo largo del recorrido deberán respetar la visión desde los edificios junto a los alares. Habrá que dejar una separación mínima de 1,50 m. desde el alar y la altura de estas instalaciones será como máximo de 1,80 m. debiendo estar exentas de elementos que impidan la visibilidad, tales como telas, lonas, plásticos, etc. Las plataformas elevadoras no podrán hacer uso del sistema de elevación, quedando instaladas en su altura mínima.

En caso de producirse algún daño o reclamación al respecto serán responsables los instaladores, recomendándose la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Deberá ser comunicada por escrito al Ayuntamiento la colocación de estos elementos

4º.- Este Ayuntamiento no se hará cargo de los daños que puedan sufrir los vehículos aparcados dentro de alares durante el desarrollo de encierros y desencierros, en caso de que no pudieran retirarse por causas ajenas al Ayuntamiento. También queda prohibido tener abiertas puertas o portales de los edificios situados en el recorrido de los encierros, siendo responsables de ello los usuarios o inquilinos de los mismos.

5º.- Igualmente quedará prohibida el domingo, día en que se celebrará el encierro mixto (o a caballo), la bajada de caballos a partir de las 10 de la mañana, desde el número 160 de la Avda. Agustín de Foxá en adelante en dirección a las Huertas de Valhondo con el fin de no estorbar a los jinetes que suben conduciendo el encierro, así como el tráfico de cualquier vehículo a motor. Se establece una zona de expansión del encierro desde la Ermita a los corrales, quedando prohibido el paso del personal no autorizado.

6º.- Debido a que algunas peñas o grupos de personas usan locales o edificios en alquiler, que pudieran no reunir las suficientes condiciones de seguridad, se advierte que cualquier daño a personas o bienes, que pudieran producirse por el uso de los mismos serán responsabilidad de los propietarios de esos locales o edificios.

A tenor del Artículo 10.1, e) del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León queda prohibida la participación de menores de 18 años en encierros, desencierros, capeas y demás espectáculos taurinos populares, así como de personas que muestren síntomas de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación mental y aquellas otras que por su condición física o psíquica, puedan correr un excesivo peligro o que su comportamiento pueda provocar situaciones de riesgo.

7º.- Se recuerda la prohibición de instalación de altavoces y cualquier sistema de sonido en la vía pública, puesto que ello conlleva las consiguientes molestias para los vecinos afectados.

Finalmente se pide que por todos se respeten las órdenes de los agentes de la autoridad o de aquellas personas autorizadas en los servicios de orden de los diferentes espectáculos, puesto que todos ellos trabajan porque nuestras fiestas se desarrollen sin incidentes para disfrute de los ciudadanos y se agradece la colaboración de todos para lograr que nuestro Carnaval sea cada año mejor.

Ciudad Rodrigo, 9 de febrero de 2015.

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